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A partir de 2026 las pymes cotizadas deberán cumplir con la normativa europea sobre sostenibilidad.

En 2025 este cumplimiento será solamente para las grandes empresas de Europa y finalmente, en 2028, será obligatorio para todas las empresas, incluso las de terceros países. Esta nueva normativa europea sancionará la información errónea sobre la sostenibilidad de las empresas, y va a obligar a estas a exponer ante sus consumidores la realidad de cómo se desarrollan sus actividades. Las empresas deberán de sumar a su informe habitual de gestión un nuevo informe de sostenibilidad, que deberá dar datos precisos sobre el impacto de la empresa en las cuestiones de sostenibilidad, así como las repercusiones que estas cuestiones de sostenibilidad tienen en la evolución, los resultados y la situación futura de la compañía.

Fecha publicación: 19/04/2024

La falta de inscripción en el paro por el retraso en la renovación impide la jubilación anticipada.

El TS señala que la ley exige como requisito para acceder a la jubilación anticipada mantener la inscripción como demandante de empleo en los seis meses anteriores y solo es posible flexibilizarlo en circunstancias excepcionales. Como tal excepción, requiere que una norma con rango de ley haya previsto tal posibilidad para un supuesto concreto que al legislador le merece digno de esta protección anticipada.

Fecha publicación: 16/04/2024

Seguridad Social propone un endurecimiento de las condiciones de la jubilación parcial con contrato de relevo.

Ha trasladado un borrador a los agentes sociales con una propuesta que eleva lo que deben abonar en cotizaciones las empresas que contraten a un relevista para suplir la baja parcial del nuevo jubilado. Proponen elevar la base de cotización del relevista hasta el 75% de la base previa del nuevo jubilado, desde el 65% de la base previa del nuevo jubilado con la legislación actual.

Fecha publicación: 11/04/2024

Los fijos discontinuos con actividad periódica o intermitente verán mejorado su acceso a la jubilación.

El Gobierno recuperará el coeficiente de parcialidad del 1,5 para estos trabajadores, de manera que cada día cotizado computará como uno y medio, tal y como se aplica a los trabajadores temporales, según informan los sindicatos UGT y CCOO. Los sindicatos trasladaron esta propuesta al Ministerio de Seguridad Social argumentando que algunos colectivos no tienen todo el año actividad, sino que trabajan de forma intermitente o por temporadas.

Fecha publicación: 09/04/2024
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