El Tribunal impide a la inspección de la Agencia Tributaria que revise el fondo de estos proyectos y que inaplique las deducciones por considerar que no cumplen los requisitos para ser I+D+i. La sentencia, del 24 de abril, reprocha que ignore los informes vinculantes del Ministerio de Ciencia que cercioran que la actividad cuenta con los requisitos necesarios para ser catalogada como innovadora.